
Descripción
A través de este trámite el arquitecto comunica al Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia su cese (que deja de desempeñar su cargo) en el trabajo profesional que corresponda y solicita, en su caso, que se dé traslado de esta comunicación a los agentes y organismos implicados.
En el caso de solicitar el traslado de la comunicación de cese en la dirección facultativa de una obra en curso de ejecución, el Colexio de Arquitectos lo hará (a través de los datos facilitados por el arquitecto): al ayuntamiento; al promotor y, en su caso, a los demás miembros de la dirección facultativa de la obra.
En el caso de solicitar el traslado de la comunicación de cese en otro tipo de trabajos profesionales, el Colexio de Arquitectos lo comunicará: al promotor y, en caso de que el trabajo se contratara conjuntamente a más de un técnico, a los demás miembros del equipo técnico.
El traslado de la comunicación se realizará al promotor y, en su caso, al ayuntamiento por correo postal certificado. A los demás miembros del equipo técnico, se realizará a través de sus respectivos colegios profesionales territoriales. A su vez, desde el Colexio se informará por correo electrónico al arquitecto que comunica el cese del envío de dicha comunicación y de su recepción por los destinatarios.
Antecedentes
Tradicionalmente el Colexio de Arquitectos de Galicia a través de este trámite viene facilitando al arquitecto el cumplimiento de la obligación de comunicar su cese en un trabajo profesional tanto al Colexio de Arquitectos como a los demás agentes y organismos implicados.
El cese como miembro de la dirección facultativa de una obra es un caso muy particular dado que, si esta función no es asumida inmediatamente por otro técnico, conlleva la paralización de la obra en curso, por lo que debe darse aviso al ayuntamiento, promotor y otros facultativos para que actúen en consecuencia. Si bien esto puede hacerlo directamente el cesante, el Colexio ha asumido tradicionalmente esta función atendiendo a la defensa de los intereses del colegiado y a la protección del usuario (ambos fines esenciales de los colegios profesionales según Ley 2/1974).
Aun cuando la comunicación al promotor del cese en el desempeño de un trabajo profesional debe realizarse en el marco contractual, se ofrece este servicio específico para facilitar al colegiado su tramitación, especialmente en los casos de cese de la actividad como profesional de forma temporal o permanente, por traslado jubilación u otras circunstancias.
Ejecutantes

Descripción
El colegiado comunica el cese en las funciones que viene desarrollando en el trabajo profesional.

Descripción
La presentación la puede hacer bien presencialmente bien via telemática. En este último caso puede optar por presentarlo por el Panel de Servicios o desde la aplicación Coag Estudio.
Presentación
CoagEstudio (Telemáticos)
Flujos
Presencial
Telemático
Web
